Acción de MoTeSa ante el ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones).
El 12 de enero de 2023, bajo el título SE SUSPENDA EL CUMPLIMIENTO DE RESOLUCIONES. SE ACTUALICE RESOLUCIÓN. SE INICIE PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN PARTICIPATIVA DE NORMAS más de mil quinientos ciudadanos solicitaron al ENACOM lo que sigue:
a)
se inicie el procedimiento que para la elaboración participativa de normas
establecen los artículos 1º y siguientes del anexo V, del decreto 1172/2003,
b)
se trabaje coordinadamente con la COMISIÓN INTERSECTORIAL PARA EL
ESTUDIO DE LAS RADIACIONES NO IONIZANTES, creada por la resolución 674/09 del
Ministerio de Salud;
(iii) -en tanto y en cuanto resulta
urgente la atención y la protección del ambiente y de la salud de las personas-,
se suspenda temporalmente la aplicación y vigencia de las resoluciones 2385/22
y 2386/22 del ENACOM (en adelante las “Resoluciones”) que permiten a
la autoridad de aplicación avanzar con el proceso licitatorio del espectro
radioeléctrico a ser utilizado en la provisión de servicios de tecnología de
quinta generación (5G).
TRANSCRIPCIÓN ÍNTEGRA DE LA NOTA.
San Rafael, Mendoza,
12 de enero de 2023
Sres.
ENACOM
Perú 103
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Presentación por
www.tramitesadistancia.gob.ar
S------------------/------------------D
FRANCO GIGLIO, vecino de la Provincia
de Mendoza, por mi propio derecho y en representación del Movimiento por
Telecomunicaciones Sanas (MOTESA), junto a MARÍA FLORENCIA CASTRO, a usted nos
presentamos y respetuosamente decimos:
I.
Domicilios.
Que a todos los efectos que de esta
presentación pudieran surgir, constituimos domicilio en Av. Santa Fe 3996, piso
7, departamento 87 de la Ciudad de Buenos Aires y denunciamos el siguiente
correo electrónico: franco.giglio@gmail.com.
II.
Objeto.
En nuestro carácter de ciudadanos
argentinos y vecinos organizados en defensa del ambiente y la salud -sin fines partidarios-,
venimos a solicitar que:
(i) se actualice la
resolución 530/00 de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación; y a tal fin
a)
se inicie el procedimiento que para la elaboración participativa de normas
establecen los artículos 1º y siguientes del anexo V, del decreto 1172/2003,
b)
se trabaje coordinadamente con la COMISIÓN INTERSECTORIAL PARA EL
ESTUDIO DE LAS RADIACIONES NO IONIZANTES, creada por la resolución 674/09 del
Ministerio de Salud;
(iii) -en tanto y en cuanto resulta
urgente la atención y la protección del ambiente y de la salud de las personas-,
se suspenda temporalmente la aplicación y vigencia de las resoluciones 2385/22
y 2386/22 del ENACOM (en adelante las “Resoluciones”) que permiten a
la autoridad de aplicación avanzar con el proceso licitatorio del espectro
radioeléctrico a ser utilizado en la provisión de servicios de tecnología de
quinta generación (5G);
III.
Legitimación.
Fundamos nuestra legitimación para la iniciación del
presente trámite en el artículo 3 del decreto 1759/72 que establece que tendrán
el carácter de partes interesadas aquellos a quienes el acto a dictarse pudiere
afectar en sus derechos subjetivos o intereses legítimos, que se presenten en
las actuaciones de manera espontánea o por citación.
Por acto a dictarse nos referimos a los actos que se
dictarán como consecuencia de lo dispuesto en las Resoluciones, especialmente,
a la licitación del espectro radioeléctrico destinada a la implementación de la
tecnología 5G.
Fundamos, además, en los artículos 14 (derecho a peticionar
a las autoridades) y 41 (derecho a un ambiente sano) de la Constitución
nacional.
IV.
La normativa aplicable a la protección contra
las radiaciones no ionizantes.
A.
Preliminar. La falta de protección del “Ambiente”.
Primeramente, es necesario señalar que la normativa vigente
y aplicable a la protección contra las radiaciones no ionizantes está
exclusivamente destinada al cuidado de la salud humana, no así del ambiente.
El ambiente no se encuentra alcanzado por los estudios en
los que se basó la Resolución 530/00 que fijó el Estándar Nacional de Seguridad
de aplicación obligatoria a todos los sistemas de telecomunicaciones que
irradian en determinadas frecuencias.
B.
La resolución 530/00 de la Secretaría de
Comunicaciones.
El 20 de diciembre de 2000 el Secretario de Comunicaciones
de la Nación resolvió fijar el Estándar Nacional de Seguridad, de aplicación
obligatoria a todos los sistemas de telecomunicaciones que irradian en
determinadas frecuencias.
Para así resolver consideró que se habían presentado “ante
la Comisión Nacional de Comunicaciones diversas consultas referidas a los
efectos de las radiaciones electromagnéticas producidas por las
antenas y equipos de estaciones radioeléctricas”, resaltado
agregado.
Y, además, que “las autoridades de distintos municipios
han hecho presentaciones ante la CNC solicitando conocer los antecedentes regulatorios
sobre instalación de estaciones radioeléctricas con sus correspondientes
antenas y valores máximos de irradiación permisibles a fin de no afectar
la salud de la población[1];
Que los antecedentes internacionales sobre los efectos
biológicos[2]
que puedan producir las ondas de radio han permitido establecer normas de
seguridad, teniendo en cuenta que esos efectos dependen de la
tasa de energía absorbida;
Que la Comisión Federal de Comunicaciones de los
Estados Unidos (FCC) no ha detectado efectos nocivos, en sus estudios
realizados, por debajo de ciertos valores de tasa de energía absorbida”
[3]
resaltados agregados.
Teniendo en cuenta lo expuesto, la CNC resolvió: artículo 1º
“Disponer que el Estándar Nacional de Seguridad para la exposición a
radiofrecuencias comprendidas entre 100 KHz y 300 GHz., conforme lo establecido
en el ‘Manual de estándares de seguridad para la exposición a radiofrecuencias
comprendidas entre 100 KHz y 300 GHz.’ y ‘Radiación de radiofrecuencias:
consideraciones biofísicas, biomédicas y criterios para el establecimiento de
estándares de exposición’, volúmenes I y II respectivamente de la ‘Prospección
de radiación electromagnética ambiental no ionizante’, aprobado por el artículo
1° de la Resolución N° 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la
Nación, será de aplicación obligatoria a todos los sistemas de
Telecomunicaciones que irradian, en frecuencias comprendidas entre 100 KHz y
300 GHz, situados en el territorio nacional”.
Sintéticamente, por la resolución referida la CNC adoptó el
criterio que siguió el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 202/95
con relación a las cantidades máximas de radiaciones no ionizantes que se
consideran permitidas para que una persona (nuevamente, excluyendo al ambiente)
no sea afectada en su salud.
C.
La resolución 674/09 del Ministerio de Salud.
A su turno, la resolución 674/09 del Ministerio de Salud creó
una Comisión Intersectorial Para el Estudio de las Radiaciones no Ionizantes,
que debió emitir un informe sobre el estado de situación (estado de la ciencia,
actualización normativa) en el país y en el mundo para evaluar la conveniencia
de dictar nueva normativa protectora.
Según el texto de la resolución, el
Ministerio de Salud corroboró que existía una inquietud en la
sociedad con respecto a supuestos “efectos biológicos adversos que podría
causar la exposición a los Campos Electromagnéticos (CEM) que derivan del uso
de distintas tecnologías y del impacto en la salud de la población que tales
efectos tendrían” (primer considerando).
Pese a que esa inquietud se mantiene no
hemos advertido que las autoridades nacionales hayan dedicado recursos humanos
y presupuestarios para comenzar a despejarla: la comisión solo sesionó una
única vez y el informe que se ordenó preparar en el artículo 6º de dicha
resolución todavía no ha sido emitido, habiendo transcurrido largamente el
plazo de noventa días que se le otorgó para la elaboración del informe.
En honor a la brevedad, adjuntamos al
presente la nota presentada al Ministerio de Salud de la Nación el día 7 de
diciembre de 2022, en la que se solicitó el cumplimiento de la resolución
674/09.
Solicitamos que el ENACOM articule
esfuerzos con el Ministerio de Salud a fin de determinar la actualización de
las resoluciones 202/95 del Ministerio de Salud y 530/00 de la CNC.
D.
La incertidumbre y preocupación de los vecinos
con respecto a la inocuidad de las radiaciones no ionizantes, y a la protección
del Estado y al despliegue de tecnología a través de la instalación de antenas
de telecomunicaciones.
La inquietud es también incertidumbre.
Esta incertidumbre afecta diaria y
directamente nuestra salud, ya que como ha sido definida la misma por la
Organización Mundial de la Salud, ella consiste en un estado de bienestar
físico, mental y social. Es difícil conseguirla si en la
proximidad de nuestros hogares, de los clubes en los que nuestros hijos
practican deportes, de los templos e iglesias a los que concurrimos, de las
escuela en las que nos educamos y de los hospitales donde nos atendemos,
advertimos que se han instalado o se instalarán de manera inminente, antenas
que algunos sabemos son perjudiciales para la salud y que otros tenemos una
fundada, sensata y entendible duda -reconocida, por lo demás en los
considerandos de la Resolución- de que emitan radiaciones perjudiciales para el
ambiente y para la salud.
Debe tenerse presente que la resolución
674/09 del Ministerio de Salud a la que venimos aludiendo hizo referencia a que
la misma Organización Mundial de la Salud recomendó establecer vías de
comunicación adecuadas entre los especialistas y los grupos de población a fin
de evitar que la percepción del riesgo sea equivocada, y además, recomendó “mejorar
el conocimiento de los efectos de las Radiaciones No Ionizantes (RNI) a través
de trabajos de investigación ‘in vivo in vitro’ así como estudios epidemiológicos”.
Por otro lado, el texto de la
Resolución muestra que hay “falta de
certidumbre en la información científica y los largos períodos de
exposición que se requieren para la evaluación de los efectos estocásticos a
baja dosis, determinan la necesidad de identificar modalidades de aplicación
del principio Precautorio” (énfasis agregado).
A modo de ejemplo, se acompañan algunas
noticias extraídas de sitios web de todo el país, que dan cuenta de la
preocupación de los vecinos por su salud y por el ambiente. Los destacados, en
todos los casos, no se corresponden con los originales.
v La
salud. La emisora radial paranaense “FM
La Voz 90.1” informó que un grupo de vecinos del departamento
entrerriano de Palmar se opuso a la instalación de una antena de telecomunicaciones
por los riesgos que pueda ocasionar a la salud, “…en Aldea Brasilera,
específicamente en avenida General Alvear pasando calle Entre Ríos, un terreno
rodeado de casas de familia presenta por estos días tres grandes hoyos en el
suelo…” los vecinos se movilizaron por los riesgos que las antenas o las
radiaciones pudieran ocasionar a su salud: “…se trata, según la denuncia de
un grupo de vecinos, de los primeros movimientos de tierra para la instalación
de una antena de telefonía celular…Preocupados por los problemas
que, temen, podría ocasionar esa estructura en la salud de la población”[4].
v
Enfermedades.
En la localidad de Merlo, Provincia de Buenos Aires, según surge de una nota
publicada el 4 de junio de 2018 en el medio digital “vivieloeste.com”
una antena “fue colocada en el corralón de materiales Dorrego,
ubicado en Dorrego 398, y los vecinos aseguran que traen enfermedades,
principalmente cáncer. Ya presentaron el pedido ante la Municipalidad y
alertan sobre la situación[5].
v
Nuevamente, la salud.
El día 21 de mayo de 2019 el website “Info Región”
dio a conocer que vecinos de la localidad de Lomas de Zamora rechazaron la
instalación de una antena de telefonía celular en la Plaza Steinberg de
Temperley: “…un grupo de vecinos de Temperley juntó firmas y las presentó en
el Palacio Municipal para rechazar la instalación de la antena, a la que
consideran ‘sumamente peligrosa y nociva para la salud’ y advierten que
‘la antena debería estar a una distancia prudente y no en una plaza a donde
van todos los chicos’”[6].
v
Falta la realización
de Estudios de Impacto Ambiental. El día 16 de
julio de 2010 el sitio digital “Diario Judicial” informó que en
Bahía Blanca un grupo de vecinos denunció el funcionamiento irregular de
antenas de telecomunicaciones: “…las partes también denunciaron que no se
realizaron estudios de impacto ambiental ni para la salud. ‘No se informa
haber sido efectivamente consideradas las irradiaciones que dichas antenas
generan, y su posible incidencia en el ser humano; ni que haya sido tenido
debidamente en cuenta que en inmediaciones del lugar se desarrollaría la
actividad de una Sala Médica, de la Sociedad de Fomento barrial, y de otras
instituciones comunitarias y de salud’, le dijo a Diariojudicial.com una fuente”[7].
v
Impacto ambiental.
El día 29 de agosto del año 2020 el sitio digital “Info Región”
dio a conocer que vecinos del Barrio Monte Chingolo, de la localidad de Lanús,
al sur del Gran Buenos Aires, rechazaron la instalación de una antena: “Vecinos
del barrio Monte Chingolo, en Lanús, se manifestaron en contra de la
instalación de una antena de telefonía y expresaron su preocupación por ‘el
impacto ambiental que pueda provocar’. Desde el Municipio recordaron que la
antena fue aprobada por el Concejo Deliberante e indicaron que no existe riesgo
porque ‘están probadas ambientalmente’[8].
v
Las radiaciones.
El día 22 de agosto del año 2006 el diario “La Nación”
informó sobre la preocupación de los ciudadanos porteños frente a las
radiaciones emitidas por antenas de telecomunicaciones: “…las radiaciones de
antenas instaladas en la Ciudad de Buenos Aires, muchas de ellas utilizadas
para telefonía celular, se transformaron en una de las principales
preocupaciones de ciudadanos, diputados y defensores porteños, que reclamaron
mayor control ante posibles riesgos en la salud. La Defensoría del Pueblo
de la Ciudad recibió reclamos de 33 vecinos que alertaron sobre la instalación
de antenas en sus barrios, por lo que reclamó al gobierno porteño un ‘estudio
epidemiológico extenso’ en la población y registrar la fecha de apariciones y
afecciones oncológicas. ‘En la Ciudad de Buenos Aires existe polución ambiental
electromagnética originada por Radiaciones no Ionizantes (RNI)’, concluyó la
Defensoría en la resolución del último mes. Las denuncias recibidas por
el organismo se resumen en la preocupación de los vecinos por la velocidad con
la que se erigen las estructuras, la falta de datos acerca de sus responsables
y la información vaga y contradictoria que se posee sobre el riesgo para la
salud de las personas”[9].
***
La existencia de las consultas[10]
a las que se refiere la resolución 530/000 CNC y la creciente preocupación[11]
existente en el público señalada por la resolución 674/09 del Ministerio de
Salud, se mantiene hasta el presente, agravada por la inminente licitación por
parte del ENACOM de las frecuencias para la implementación y uso de la
tecnología 5G, y el despliegue de las antenas y sus estructuras asociadas en
todo el territorio nacional conforme surge de los extractos de las
publicaciones periodísticas que se transcriben a continuación. Ninguno
de los subrayados y resaltados presentes en las transcripciones que se hacen a
continuación se corresponden con los originales.
v
Miles de antenas.
Así se dijo en el diario digital platense “Cuatro medios”; “el
avance de las antenas de telefonía de celulares no se detiene. Y como si fuera
la antesala del desembargo de la tecnología 5G en la Argentina, que requerirá
el funcionamiento de miles de antenas en las ciudades lo cual ya genera
preocupación en algunas poblaciones del mundo…”[12].
v
40.000 nuevas antenas
de telecomunicaciones. “…los
requerimientos de las nuevas radiobases representa[n]
aproximadamente tres veces los existentes actualmente en el país, lo que
permitirá pasar de 20.000 a 60.000 antenas para las futuras comunicaciones
celulares 5G”[13].
v
40.000 nuevas antenas.
“…La implementación adecuada de la nueva generación de telefonía celular 5G en
la Argentina requerirá al menos 40.000 nuevas antenas o radiobases y la
remoción de trabas burocráticas para su instalación a nivel municipal,
se destacó en el Primer Encuentro Convercom 2019”[14].
Así lo planteó el consultor
Sebastián Cabello al precisar que los requerimientos de las nuevas radiobases
representan aproximadamente tres veces los existentes actualmente en el país, lo
que permitirá pasar de 20.000 a 60.000 antenas para las futuras comunicaciones
celulares 5G”[15].
v
En 2023 Telecom
desplegará todo lo que tiene que ver con el 5G.
El día 10 de noviembre del año 2022 el sitio digital “newslinereport.com”
reportó que el CEO de la empresa Telecom Argentina, Roberto Nóbile, declaró que
“en 2023 vamos a desplegar todo lo que tiene que ver con el 5G”.
“Desde Newsline Report dialogamos
con Roberto Nóbile, ceo de Telecom Argentina, en el marco de las Jornadas
Internacionales 2022.
¿Cómo fue el traspaso de Cablevisión a
Telecom?
Planes para el 2023
Se viene un año duro, pero con
inversión. Seguimos invirtiendo, vamos a seguir dándole capacidad a la red, desplegando
lo que tenemos que desplegar en términos de inicio de todo lo que tiene que ver
con el 5Gy seguimos evolucionando y vamos también.
Sustentabilidad.
Aparece la sustentabilidad en el centro
de escena, principalmente, entre los más jóvenes como una demanda social. ¿Cómo
se fue incorporando la sustentabilidad en la empresa?
“Es una realidad. No se puede discutir
si uno tiene que ser sustentable o no, si tiene que ser verde o no Es algo que
está para quedarse, es una demanda de nuestros clientes y ahí tenemos que dar
respuesta. Incluso es una obligación como empresa.
Desde Telecom, tenemos los tres
verticales: todo lo que tiene que ver con impacto social, con impacto ambiental
y con impacto de gobierno. Estamos
trabajando en las tres dinámicas en términos de ahorro energético, de registro
de nuestra huella, de cómo reducimos la huella a futuro. Eso es
inversión, bajar la cantidad de contaminación visual. Estamos
incorporando energía verde y también baterías de litio, que son menos
contaminantes. El tema energético es vital para cualquier compañía”[16].
v Inminente
licitación de frecuencias del espectro radioeléctrico.
El día 10 de noviembre del año 2022 el website “newslinereport.com”
informó que en el marco de ATVC el presidente del ENACOM, Claudio Ambrosini,
expresó que “Argentina licitará 300 MHz en 3.5 GHz para 5G”.
“Lo confirmó así, el presidente
del regulador, Claudio Ambrosini, durante las Jornadas Internacionales ATVC.
También expreso que la propuesta es 300 MHz en 3.5 GHz y se evalúa sumar ‘en
simultáneo o posteriormente’ el remanente en 4G. En estos momentos, el Ente
trabaja en la definición de las características de la subasta. La limpieza de
la banda está ‘muy avanzada’, añadió.
… En tanto, habló de la postura del
regulador sobre la designación de la banda de GHz: ‘Si dependiera de nosotros,
sería un enfoque balanceado, pero es un tema que todavía está en evaluación por
parte del gobierno como todo’, mencionó.”[17].
v Sin
dudas de que habrá licitación.
El día 9 de noviembre del año 2022 el portal digital “DPL News”
dio a conocer que en el marco de ATVC el presidente del ENACOM, Claudio
Ambrosini, expresó que “Argentina licitará 300 MHz en 3.5 GHz para 5G”;
pero también se evalúa sumar remanente de tecnología 4G.
“El tiempo corre, pero
el Ente Nacional de Telecomunicaciones (Enacom) no tiene dudas: habrá
licitación 5G en Argentina el primer trimestre del año próximo. Lo confirmó
el presidente del regulador, Claudio Ambrosini, en el marco de Jornadas
Internacionales ATVC. También dio algunos detalles: la propuesta es 300 MHz en
3.5 GHz y se evalúa sumar ‘en simultáneo o posteriormente’ el remanente en 4G.
En estos momentos, el Ente trabaja en la definición de las características de
la subasta. La limpieza de la banda está ‘muy avanzada’, agregó.
Sobre el DNU 690, el funcionario
contestó a DPL News que es improbable una definición del tema antes de la
subasta, pero indicó que se le pidió a la industria una propuesta para resolver
el conflicto. En tanto, habló de la postura del regulador sobre la designación
de la banda de 6 GHz: ‘Si dependiera de nosotros, sería un enfoque balanceado,
pero es un tema que todavía está en evaluación por parte del gobierno como
todo’, respondió a este medio.”[18].
v Telefónica
necesita acelerar los despliegues. El día 9 de
noviembre del año 2022 el portal digital “Tele Semana” informó
que en nuestro país el sector de las telecomunicaciones volvió a reclamar
previsibilidad y defendió sus inversiones, y también que el gobierno
argentino ratificó licitación 5G para el año 2023.
“Previsibilidad, seguridad
jurídica, marco normativo que se adapte a la evolución tecnológica,
palos contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 690 (DNU 690), y la necesidad
de comenzar a trabajar de manera conjunta para que las telecomunicaciones
aporten al desarrollo digital de la Argentina y contribuir, así, a su
desarrollo socioeconómico. Fueron las primeras palabras del reencuentro de las
Jornadas Internacionales organizadas por la Asociación Argentina TIC, Video
& Conectividad (ATVC), donde los distintos actores de la industria
volvieron a poner sobre la mesa sus demandas y en la que, además, valoraron los
2.000 millones de dólares que invierte el sector anualmente.
Por su parte, Walter Burzaco,
presidente de ATVC -cuya sigla pasó de aludir a la TV paga para, ahora,
aglutinar a la televisión, el video y la conectividad- subrayó que la inversión
que realizan las empresas del sector ‘son a riesgo y sin prebendas’ por lo que
manifestó la necesidad de construir hacia adelante, manteniendo diálogo con el
gobierno con el objetivo de ‘avanzar en un marco regulatorio que responda a los
cambios’ que caracterizan al sector.
Apuntó que la industria requiere
de procesos de inversión constantes, y que ante el advenimiento de 5G –cuya
promesa de licitación confirmaría, minutos más tarde, el presidente del Ente
Nacional de Comunicaciones (Enacom)–
todas las tecnologías asociadas que prometen mayor desarrollo requerirán
esfuerzos como no se han visto antes. Enfatizó, en este contexto, la
necesidad de incorporar la noción de ecosistema porque ‘queremos y necesitamos
invertir’ y ‘Argentina precisa inversiones para la economía de conocimiento, la
inclusión digital y la digitalización de la economía’
Claudio Ambrosini, presidente del
Enacom, sostuvo, a su turno, que el sector respondió a situaciones difíciles
como las ocurridas durante la pandemia, y pese a las críticas que se le
realizaron al DNU 690, y que son bien conocidas, destacó que nunca se perdió
‘la posibilidad de juntarnos’. En relación a las trabas a la importación
indicó que se está trabajando en una mesa ampliada junto con la Secretaría de
Comercio en la que se resolverá cómo subsanar los problemas que hoy afectan a
las empresas.
Sin intención de confrontar, volvió a
resaltar el rol del sector y, en este escenario, reconfirmó que ‘en el
primer trimestre del año próximo estaremos en condiciones de licitar 5G, y hay
que trabajar con el sector para que este proceso resulte exitoso’,
aseveró Ambrosini.
¿Está el sector en condiciones de
afrontar una licitación 5G cuando, en paralelo, la Argentina atraviesa una
profunda crisis, además de ser un país urgido de dólares, ¿hecho que lo lleva a
aprovechar cada oportunidad que se presenta para hacerse de ellos?
…Aquí también se puso en valor el rol
del sector y la necesidad de expandir la conectividad y esas afirmaciones se
apoyaron en función de los números de conectados y desconectados que se
registran a nivel global y regional. Marcelo Tarakdjian, presidente y CEO de
Telefónica Movistar Argentina, fue quien se ocupó de ponerles números a la
industria. Destacó los 2.000 millones de dólares que las distintas prestadoras
invierten cada año en la argentina, monto que ubicó por encima de lo realizado
por otras industrias tradicionales. ‘La industria no está pidiendo ningún
régimen raro ni estrambótico, sino previsibilidad, un horizonte de
planificación que se mantenga a lo largo del tiempo, normativas que se aggiornen
a la evolución tecnológica, y así, podremos acelerar los despliegues y reducir
las brechas’, mencionó.
Roberto Nóbile, presidente de Telecom,
también se refirió a este punto y sostuvo que ‘la industria invirtió en los
últimos años millones de dólares. El 80 por ciento de lo que genera la empresa
se reinvierte. La evolución de la tecnología hace que el legado también sea un
freno, porque hay que sacar y volver a implementar. Y el camino es cómo generar
la previsibilidad, cómo hacemos una política pública que permita acelerar
los despliegues’.
…Plantear, en este contexto, una
licitación que se pretende exitosa será altamente desafiante para el Gobierno.
Y también para las compañías de la industria. Luego de la exposición
compartida, Nóbile respondió preguntas de la prensa y, además de anticipar que
la inversión prevista para el año próximo será de 350 millones de dólares para
el core, consideró que la licitación 5G podrá ser exitosa en
tanto se busque un modelo como el implementado por Brasil, donde el foco estuvo
en los planes de inversión y no en la recaudación”[19].
V.
El cambio de la tecnología en la emisión de
radiaciones no ionizantes y los nuevos estudios científicos.
La resolución 530/00 de la CNC estableció límites para la
exposición de humanos a radiaciones no ionizantes. Igualmente, la resolución
530/00 tomó todos casi simétricamente los parámetros de la resolución 202/95
del Ministerio de Salud.
En esas resoluciones se hace referencia a “valores de
tasa de energía absorbida” (párrafo quinto de los considerandos resolución
530/00), a “densidad de potencia” (párrafos sexto y séptimo, misma resolución).
Especialmente se ha dicho que los efectos biológicos de las
radiaciones no ionizantes sobre las personas “dependen de la tasa de energía
absorbida”.
Todo esto, como se dijo, solo en humanos.
Sin embargo hoy no parece claro, luego de casi treinta años
de profundización del conocimiento científico, como se verá seguidamente, que
la exposición a radiaciones no ionizantes por debajo de los límites que
establece la resolución 530/00 no cause efectos negativos en la salud.
Los límites que establece la resolución 530/00 están
diseñados para proteger a humanos contra los efectos térmicos de
las radiaciones no ionizantes.
No así con respecto a los efectos no-térmicos en humanos y
térmicos y no-térmicos en plantas y animales.
Desde el año 1995 en el que el Ministerio de Salud dictó la
resolución 202 hasta hoy se han estudiado los efectos de las radiaciones no
ionizantes por debajo de los límites que establece la resolución y se ha
determinado que existen, concretamente, efectos no-térmicos en humanos,
plantas y animales, en función tanto a la densidad de potencia de las
radiaciones y como a las dosis que se reciben.
Además, ni la resolución 202/95 del Ministerio de Salud ni
la resolución 530/00 de la CNC tuvieron en consideración al momento de su
dictado, los efectos en humanos y en el ambiente de las tecnologías 3G,
4G y 5G ni WI-FI, ya que en aquel momento tales tecnologías no existían. Pese a
ello, las resoluciones no fueron acordemente actualizadas.
En consecuencia, existe una fuerte presunción de que las
normas establecidas y vigentes, confrontadas con evidencia actual, podrían
resultar inadecuadas y contrarias a las premisas fácticas que dieron origen a
aquellas y por lo que una actualización se impone como de imperiosa necesidad.
Por ello solicitamos que el Estado Nacional, a través del
ENACOM juntamente de la comisión creada por el Ministerio de Salud (CIPERNI) actualice
la normativa y nos asegure que se considerarán todos los factores relevantes y,
luego de un detenido análisis, nos informe cuál será el camino que
indubitablemente se adoptará.
En especial, solicitamos se nos informe con respecto a los
efectos en niños, en exposiciones a largo plazo a radiaciones, exposición a radiaciones
por pulsación y modulación, por WI-FI y por la tecnología 5G, y las
implicancias de los desarrollos tecnológicos que se han producido desde 1995,
todos los cuales se han interpretado según la premisa de que las radiaciones
emitidas y recibidas a niveles menores a los límites actuales no causan efectos
negativos en la salud. Solicitamos además que estos estudios sean actualizados
y se incluya dentro del objeto a analizar al ambiente es decir, pero no
limitado a, la fauna y la flora.
Es de suma importancia que se actualice la normativa actual
considerando, como mínimo, los principios del ICNIRP-2020 por ser la única
norma del ICNIRP que tiene consenso internacional, ya que fue refrendada por la
OMS, la OIT, el UNSCEAR, el IRPA, el ICRP y el propio ICNIRP.
Además, en la actualización deberá ser considerada la norma
ICRP-103 que fuera reconocida por el ICNIRP como el "Documento de
Referencia" para todo el espectro completo de Radiaciones Ionizantes y
Radiaciones No Ionizantes.
VI.
La suspensión de las Resoluciones.
Por resolución ENACOM 2385/22 se aprobó el Reglamento
General del Servicio de Telecomunicaciones Fiables e Inteligentes (STeFI) (el “Reglamento”).
Por resolución ENACOM 2386/22 se dispuso la utilización de
la banda de frecuencias comprendida entre 3300 y 3600 MHz, en modalidad dúplex
por división de tiempo (TDD) para la prestación del Servicio de
Telecomunicaciones Fiables e Inteligentes (STeFI), es decir, el servicio de
telecomunicaciones que utiliza la tecnología 5G.
Además, dicha resolución dispuso la migración hacia otras
frecuencias de los sistemas que actualmente operan en la banda de frecuencias
comprendida entre 3300 y 3700 MHz
Dichas resoluciones importan, en los hechos, el paso previo
a la licitación de las frecuencias que se pretende liberar. Para mayor
información sobre la inminencia del despliegue de la tecnología 5G, ver anexo
NOTICIAS SOBREA LA INMINENTE INSTALACIÓN DE ANTENAS 5G EN TODO EL PAÍS.
La implementación de la tecnología 5G, como ya se ha dicho supra
importa sumar cuarenta mil antenas o “estaciones base” según la
denominación del Reglamento, a las veinte mil que actualmente existen en el
país.
Por aplicación del principio precautorio consideramos que,
antes de iniciar el proceso licitatorio y dar curso al posterior despliegue de
la tecnología 5G, cuya utilización no resulta urgente ni imprescindible para
nuestro país en este momento, corresponde que el Estado Nacional, a través
del ENACOM y éste por medio del Ministerio de Salud, actualice la normativa
relacionada con la emisión de radiaciones que se estableció por resolución
530/00 CNC y 202/95 del Ministerio de Salud.
Dicha normativa solicitamos se actualice según el
procedimiento que se establece en el anexo V del decreto 1172/03, tal como se
verá a continuación.
VII.
La elaboración participativa de normas.
i.
El decreto 1172/03.
Por decreto 1172/03 se aprobó el Reglamento General para la
Elaboración Participativa de Normas, que obra como anexo V de la norma citada.
Dicho reglamento regula el mecanismo de Elaboración
Participativa de Normas (artículo 1), y es de aplicación en el ámbito de los
organismos y entidades que funcionen bajo la jurisdicción del Estado Nacional
(artículo 2), incluido el ENACOM.
La Elaboración Participativa de Normas constituye un
mecanismo por el cual se habilita un espacio institucional para la expresión de
opiniones y propuestas respecto a proyectos de normas administrativas (artículo
3). Como se vio supra existe gran necesidad en la ciudadanía de exponer
opiniones con relación a la temática de instalación de antenas.
La finalidad de la Elaboración Participativa de Normas es
permitir y promover una efectiva participación ciudadana en el proceso de
elaboración de reglas administrativas (artículo 4), el procedimiento debe
garantizar el respeto de los principios de igualdad, publicidad, informalidad y
gratuidad (artículo 5).
Puede ser participante en el procedimiento de Elaboración
Colaborativa de Normas toda persona física o jurídica, pública o privada, que
invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva,
relacionado con la norma a dictarse (artículo 9).
Bajo anexo I se acompaña una recopilación de
noticias de portales electrónicos de todo el país de la que puede colegirse la
real y efectiva preocupación de todos los vecinos en la regulación de la
cuestión relacionada con las antenas de telefonía celular. Muchas veces, como
se verá, en ese anexo, las empresas prestadoras del servicio, o las torreras, o
los municipios o las provincias, por diversos motivos, incumplen las
obligaciones que la legislación les impone.
ii.
Solicita inicio de procedimiento.
Venimos, tal como lo establece el artículo 11 del decreto
citado, a solicitar mediante esta presentación fundada ante el ENACOM -la
autoridad responsable-, se dé inicio a un procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas para la actualización de la resolución 530/00 CNC.
***
Por todo lo expuesto al Sr. Presidente del ENACOM pedimos:
1) Se inicie un procedimiento de Elaboración Participativa
de Normas a fin de actualizar la resolución 530/00 CNC, por los fundamentos
brindados.
2) Se suspendan temporalmente los efectos de las
Resoluciones, por los fundamentos oportunamente brindados.
Sin otro particular, saludamos a Ud. atentamente,
[1] Nótese que no se incluye
al ambiente como potencial afectado por las radiaciones, y al respecto se
solicita su inclusión en futuras normas.
[2] Otra vez, aunque no está
expresamente dicho, los “efectos biológicos” se han estudiado teniendo
en cuenta exclusivamente a las personas, excluyendo implícitamente al ambiente.
[3] Recientemente, el 13 de
agosto de 2021, la Corte Federal de Apelaciones del Distrito de Columbia en los
autos “Environmental Health Trust y otros c/ FCC s/ revisión de acto
administrativo” frente a un pedido
de adecuación o actualización de los estándares de protección de radiaciones
que fue rechazado por la FCC, ordenó a la agencia estatal dar una explicación
razonable de que sus directrices que datan de 1996 (similares a nuestras resoluciones
530/00 y 202/95) siguen protegiendo adecuadamente a las personas y al ambiente
contra los efectos dañinos de las radiaciones. En especial se le ordenó que (i)
diera una explicación razonable sobre su decisión de mantener sus
procedimientos de testeo para determinar si los celulares y otros dispositivos
electrónicos portables cumplen con las directivas de la FCC relacionadas con las
radiaciones (similares a nuestras resoluciones), (ii) indicara el impacto de
las radiaciones en niños, las implicancias para la salud de las exposiciones
por largo tiempo a las radiaciones, los dispositivos electrónicos inalámbricos
y otras innovaciones tecnológicas que tuvieron lugar desde que se resolvió aprobar
las directrices (similar a la fecha y contenido de nuestra resolución 530/00) y
(iv) se evaluara el impacto de las radiaciones sobre el ambiente.
[4] Ver: https://www.lavoz901.com/noticias/en-aldea-brasilera-rechazan-antena-de-telefona-celular.htm
[5] Ver: https://www.vivieloeste.com.ar/merlo-colocaron-una-antena-de-telefonia-movil-y-los-vecinos-marcharon-para-que-la-saquen
[6] Ver: https://www.inforegion.com.ar/2019/05/21/lomas-de-zamora-vecinos-rechazan-la-instalacion-de-una-antena-editando/
[7] Ver: https://www.diariojudicial.com/nota/24836/-/bahia-blanca-denuncian-irregularidades-en-la-instalacion-de-antenas-para-celulares.html
[8] Ver: https://www.inforegion.com.ar/2020/08/29/vecinos-rechazan-la-instalacion-de-una-antena-en-monte-chingolo/
[9] Ver: https://www.lanacion.com.ar/tecnologia/los-portenos-preocupados-por-las-radiaciones-de-los-celulares-nid833759/
[10] “…ante la Comisión Nacional
de Comunicaciones diversas consultas referidas a los efectos de las radiaciones
electromagnéticas producidas por las antenas y equipos de estaciones
radioeléctricas” resaltado agregado.
[11] “existe en el público
una creciente preocupación sobre los presuntos efectos biológicos adversos que
podría causar la exposición a los Campos Electromagnéticos (CEM) que derivan
del uso de distintas tecnologías y del impacto en la salud de la población que
tales efectos tendrían…”.
[12] Ver: https://www.cuatromedios.com.ar/articulo/provincia-buenos-aires/habilitan-instalacion-mas-antenas-celulares-provincia-buenos-aires/20190828102100007743.html
[13] https://www.somospymes.com.ar/item/40626-el-5g-requiere-la-instalacion-de-40-mil-antenas-a-lo-largo-de-argentina.html
[14] https://www.eldiariodelarepublica.com/nota/2019-8-21-21-34-0-la-telefonia-5g-requerira-instalar-unas-40-000-nuevas-antenas-en-todo-el-pais
[16] https://www.newslinereport.com/negocios/nota/roberto-nobile-en-2023-vamos-a-desplegar-todo-lo-que-tiene-que-ver-con-el-5g
[17] https://www.newslinereport.com/tecnologia/nota/argentina-licitara-300-mhz-en-35-ghz-para-5g
[18] https://dplnews.com/argentina-licitara-300-mhz-en-3-5-ghz-para-5g-evaluan-sumar-el-remanente-en-4g/
[19] https://www.telesemana.com/blog/2022/11/09/argentina-el-sector-volvio-a-reclamar-previsibilidad-y-defendio-sus-inversiones-y-el-gobierno-ratifico-licitacion-5g-para-2023/
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